Beneficios Fiscales
Al declarar tus donativos solidarios en la próxima Declaración de la Renta, obtendrás las siguientes deducciones:
- Beneficios fiscales para empresas:
- Donativos puros y simples: deducción 40%.
- Donativos a la misma entidad durante 2 años o más: deducción 50%.
- Límites de la deducción base liquidable: deducción 15%.
- Beneficios fiscales para particulares:
- Donativos puros y simples:
- Hasta 250€: deducción 80%.
- Importe adicional que excede los 250€: deducción 40%.
- Donativos a la misma entidad durante 2 años o más: deducción 50%.